Bienvenidos al blog de SSI Ibérica donde podrás encontrar información relativa a la normativa que en general afecta al buceo recreativo en España, así como otros consejos y novedades de la industria de buceo recreativo, que serán de ayuda para mantenerte al día, tanto a ti como a tu centro de buceo.

Para más info, visita www.divessi.com



Canarias



Responsable de la actuación
Viceconsejería de Pesca y Aguas

Requisitos previos
No se exigen

Tasas e impuestos
No se exigen

Plazo de presentación:
Durante todo el año

Medios de presentación:

Telemático:

Presencial:
Diríjase a cualquiera de las oficinas deregistro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 38 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Qué documentación tiene que presentar

  • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte) (Sólo canal presencial)
  • Documentación acreditativa de la identidad del representante (DNI, NIE o pasaporte) (Sólo canal presencial)
  • Planos de instalaciones (Sólo canal presencial)
  • Solicitud de iniciación, en la que conste denominación del Centro, domicilio fiscal, tipo de actividades a realizar y número máximo de usuarios, la relación de embarcaciones y sus correspondientes permisos, relación de materiales y equipos. (Sólo canal presencial)
  • Relación del personal junto a copia autenticada de sus titulaciones. (Sólo canal presencial)
  • Borrador del contrato de seguro responsabilidad civil que se pretenda suscribir. (Sólo canal presencial)