Bienvenidos al blog de SSI Ibérica donde podrás encontrar información relativa a la normativa que en general afecta al buceo recreativo en España, así como otros consejos y novedades de la industria de buceo recreativo, que serán de ayuda para mantenerte al día, tanto a ti como a tu centro de buceo.

Para más info, visita www.divessi.com



lunes, 14 de diciembre de 2015

SSI renewal fee 2016 for employees in Diving Centres

We will try to solve a frequently asked question.

Many dive centres pay for the SSI renewal fee of their employees.

At this moment, ODiN does not provide the possibility of being paid by the diving centre/company.

For accounting purposes, if the diving centre/company pays for this fee (by credit card, for example), it needs an invoice with the transaction. Furthermore, if the diving centre/company is in the Register of Intra-community Operators (RIO), it will have a VAT exemption in the invoice (this step is explained in the last entry of this blog (Spanish)).


How to do it is the goal of this blog entry.

So let's do it.

1. Sing in ODiN with the username and password of your employee (Dive Pro).


2. Go to MySSI>MyProfile

3.  Fill in the the fields this way:



*Important: If your Company is in the RIO, you have to enter your identification properly (without blank spaces between letters and numbers). If this step is wrong, VIES does not recognize your identification number and the VAT will be charged.


If your company is not in RIO, then enter your identification number (CIF/NIF).

4. Now go to MySSI>Renewal and try to do all the process.

5. Remember to change the profile at the end with your employee's information.

We are trying to improve this process in order to make it easier.

domingo, 13 de diciembre de 2015

Renovación afiliación SSI para 'staff' de Centros de Buceo

Vamos a intentar resolver una duda frecuentemente planteada.

Muchos centros de buceo pagan la renovación del profesional individual SSI que trabaja en el centro de buceo, siendo el importe de esta renovación pagado por la empresa/centro de buceo.

La configuración por defecto del profesional individual no contempla esta posibilidad, de momento. Con el fin de que este asiento contable tenga su justificación correspondiente en la contabilidad de la empresa (con una factura a nombre de ésta), así como la posibilidad de exención del IVA soportado en el caso de que la empresa tenga esté dada de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (leer entrada anterior de este blog), es el objetivo de este artículo.

Vamos a ello.

1. Entra en ODiN con el login y password del profesional individual SSI (divemaster, OWI, etc...) que tenga que realizar la renovación.




2. Una vez dentro, ve a MySSI>MyProfile

3. Modifica los campos de la siguiente manera:




* Importante: Si tu empresa está dada de alta en el ROI, introduce tu identificación correctamente (sin espacios, como en el ejemplo). Durante la transacción, se comprobará automáticamente en VIES si tu identificación es correcta o no. En caso de que no sea, el IVA será incluido en factura.

En caso de que no esté tu empresa en el ROI, introduce tu número de identificación (CIF/NIF) normal.

4. Una vez realizado estos cambios, ve a MySSI>Renewal 2016, y sigue los pasos (asegúrate de que todos los documentos estén actualizados).

Se recomienda que todo este procedimiento, lo realice el Monitor del Centro de Buceo.

5. Vuelve a cambiar el perfil del profesional individual a su estado inicial.

Con este sencillo procedimiento, tendremos un problema de facturación solucionado. Estamos trabajando para hacerlo aun más sencillo para próximas ocasiones.

martes, 1 de diciembre de 2015

Las operaciones intracomunitarias con proveedores de servicios/productos de buceo.

El ámbito de aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se extiende a toda la Unión Europea. Sin embargo el IVA es un impuesto que grava al consumo final, de tal manera que las personas que realizan actividades económicas compensan el IVA que cobran en las facturas que emiten con el que soportan en las facturas que han de pagar (IVA soportado e IVA repercutido)
Este sistema general que funciona en las operaciones “domesticas” tiene, sin embargo, un tratamiento distinto cuando la operación se realiza con un cliente o proveedor de otro país perteneciente a la UE (como pueden ser MARES y Scuba School International).
En estos casos puede ser interesante darse de alta como operador intracomunitario.

Las operaciones intracomunitarias


Cuando compramos o vendemos a otro país de la Unión Europea la factura ha de incluir el IVA. Si la factura la emitimos nosotros declararemos el IVA como cualquier otra, pero si la recibimos, además de que se nos aplicará el tipo impositivo en vigor del país de origen, no podemos deducir ese IVA como cualquier otro gasto.
Ese IVA no lo podemos deducir pero, en el caso de que seamos persona física o jurídica que realiza actividades económicas (nuestro centro/tienda de buceo), sí podemos solicitar su devolución. Para ello debemos ponernos en contacto con la Hacienda del país de la empresa que la emite para que sea ésta la que realice su abono, en nuestro caso España, esta solicitud se puede realizar directamente desde la página web de la AEAT.
Este proceso, puede parecer o resultar complicado si debemos realizarlo a menudo. Para estos casos lo ideal es inscribirse en el registro de operadores intracomunitarios.

El hecho de que regularmente realicemos operaciones de compra o adquisición de servicios a empresas no nacionales pero de dentro de la UE justifica la inscripción en el registro de operadores intracomunitarios. El hecho de estar incluidos en este registro provoca que la empresa que nos emita la factura lo haga sin IVA, por lo que ya no será necesaria la solicitud de devolución.
Para solicitar la inscripción en este registro basta con hacerlo a través de la declaración censal (modelo 036). La inscripción no es automática sino que debe ser aceptada por Hacienda, para ello es habitual que la Agencia Tributaria solicite a la empresa que quiere inscribirse una justificación de por qué quiere formar parte de ese registro. Para ello suele requerir los motivos de la inscripción, la documentación que lo acredita, con que empresa o empresas se va a trabajar, etc. Una vez que se produce esta revisión, Hacienda resuelve aceptando o rechazando la solicitud. Con la aceptación de la inscripción en el registo se entregará el denominado CIF intracomunitario con el que la empresa se identificará en estas operaciones.
Comprobación de la inscripción

¿Cómo se comprueba si una empresa está inscrita para emitir la factura con o sin IVA? Siempre debemos comprobar si ese cliente es o no un operador intracomunitario.
Para ello basta con acceder a la página de consulta de operadores de la CE y sólamente con introducir el NIF intracomunitario del receptor de la factura sabremos si esa empresa está o no en el registro.