Bienvenidos al blog de SSI Ibérica donde podrás encontrar información relativa a la normativa que en general afecta al buceo recreativo en España, así como otros consejos y novedades de la industria de buceo recreativo, que serán de ayuda para mantenerte al día, tanto a ti como a tu centro de buceo.

Para más info, visita www.divessi.com



domingo, 1 de noviembre de 2015

Cuestionarios de evaluación de la calidad de los cursos/especialidades SSI

Como habréis podido comprobar, al final de cada curso, el alumno recibe un e-mail donde es invitado a evaluar éste.

Un ejemplo del cuestionario del alumno de Open Water podrás verlo en este enlace:

Un ejemplo de cuando realizan una especialidad podrás verlo en este enlace:

Y una especialidad sin inmersiones podrás verlo en este enlace:


Una gran parte de las preguntas sirven de referencia para ayudar a la mejora de la calidad del Centro de Buceo donde el alumno ha realizado su curso/especialidad.

Si el alumno quiere compartir sus respuestas con el Centro de Buceo tiene una opción para elegir esa posibilidad.

Si el Alumno no quiere compartir esas respuestas con el Centro de Buceo, entonces solo servirán como datos estadísticos y el Centro podrá ver los mismos en ODiN --> MySSI --> MAP Results

Al mismo tiempo hay algunas preguntas relacionadas con el cumplimiento de los Estándares de SSI, y según la respuesta del alumno/a, se puede generar una Alerta de MAP del Control de Calidad.

La gran mayoría de las Alertas de MAP son generadas porque los Alumnos se han equivocado al responder los cuestionarios (número mínimo de inmersiones, profundidad máxima alcanzada, etc...).

Sin embargo, una vez activada la Alerta vamos a necesitar que el Centro de Buceo y/o el Instructor, nos envíen alguna de las siguientes opciones, con el fin de poder cerrar dicha alerta:

1-      Un e-mail donde el alumno explique el error, ya sea a través del Centro de Buceo o directamente al Centro de Servicio.

2-      Copia del Registro de Formación del Alumno, siempre y cuando se pueda contrastar el problema que tengamos que aclarar.

El problema es que a pesar de enviar varios mails para pedir esta información hasta una determinada fecha, algunos profesionales no lo hacen y posteriormente el sistema automáticamente los pone en Estado de Revisión.

Para evitar estas situaciones, solicitamos que antes de finalizar el curso mostréis a vuestros alumnos los cuestionarios para observar si ellos tienen alguna duda y poder responder a las mismas.

sábado, 31 de octubre de 2015

Se publica la Ley reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero

El pasado 22 de octubre se publicó la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero, donde en la Disposición adicional tercera (Estudio sobre las condiciones del trabajo de los buceadores deportivos y recreativos), cita:
"El Gobierno, en el plazo de un año, realizará los estudios pertinentes que permitan esclarecer si el trabajo desarrollado por los buceadores deportivos y recreativos reúne los requisitos necesarios para proceder a la inclusión de este colectivo en el campo de aplicación del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (RESSTM)."
Poder estar afiliados y amparados por el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar es una petición 'histórica' del colectivo de instructores de buceo recreativo.

Desde SSI Ibérica, apoyamos y apoyaremos cualquier tipo de acción en favor de que los estudios pertinentes sean favorables a la posible inclusión de los instructores de buceo SSI en el RESSTM.

sábado, 3 de octubre de 2015

Inspección periódica de los centros de recarga de Centros de Buceo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la ITC EP-5 del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias, los centros/estaciones de carga de botellas de buceo autorizados por la D.G. de Industria correspondiente, deben someterse cada 5 años a una inspección periódica realizada por un Organismo de Control Autorizado (OCA), según lo establecido en la norma.


Artículo 11. Inspección periódica de los centros de recarga y centros de inspección.
1. Los centros de recarga de botellas y los centros de inspección, deberán someterse a una inspección periódica cada cinco años, a partir de la fecha de puesta en marcha servicio de la instalación, en la que se comprobará que se cumplen las condiciones reglamentarias de la presente ITC y que no se han modificado las condiciones de emplazamiento.
Se realizará una prueba hidrostática del circuito de presión a 1,3 veces la presión máxima admisible de la instalación, que deberá incluir filtros, decantadores, acumuladores de aire y rampa de carga.
Se desmontarán las válvulas de seguridad y se comprobará su buen estado. Posteriormente, se probarán estas válvulas con la instalación en funcionamiento y se verificará su disparo, precintándolas a la presión máxima de funcionamiento de la instalación.
Se probarán todos los manómetros, se comprobará el buen funcionamiento de los sistemas reductores de presión, si existen, y se realizarán las pruebas y comprobaciones para asegurar el buen funcionamiento del presostato de la instalación.
La inspección periódica será realizada por un organismo de control. De su resultado se emitirá un certificado en el que se indiquen, en su caso, las posibles deficiencias detectadas que quedará a disposición del órgano competente de la comunidad autónoma.
2. Además de las inspecciones indicadas en el apartado anterior, el titular del centro de recarga o de inspección revisará o hará que se revise anualmente por empresa instaladora habilitada, el correcto funcionamiento de todos los elemento de control y seguridad de la instalación (válvulas de seguridad, manómetros, presostatos, válvulas de purga, etc.) Del resultado de las revisiones y comprobaciones se dejará constancia escrita mediante un informe, que se conservará a disposición de la autoridad competente durante un período de diez años.

miércoles, 26 de agosto de 2015

Como adquirir Paquetes de Carrera de Profesionales de Buceo y Paquetes Digitales de Especialidades de Instructor en ODIN

1. Paquetes de Carrera de Profesionales de Buceo

1.1. Haz clic en “myDigitalKitOrder” y selecciona el buceador.


1.2. Haz clic en el botón “Specialty Course Bundles & Career & SPI Bundles” (círculo rojo).


1.3. Haz clic en “Select Course Bundle”(1) y selecciona el “SSI CAREER BUNDLE”(2).


1.4. Verás los cursos que incluye el paquete (1) y las opciones de pago (2). El paquete puede ser pagado por el Centro de Buceo o el Profesional de Buceo.

Selecciona tu forma de pago (2), haz clic en la casilla seleccionada (3) y guarda tu registro (4).



2. Paquete Digital de Especialidades de Instructor

2.1. Si el buceador ya es Dive Control Specialist o superior, aparecerá la opción de “5 x Specialty Instructor Kit” (1)

2.2. Después de hacer clic, puedes seleccionar las  5 diferentes Especialidades (1). Elegir la forma de pago (2), haz clic en la casilla (3) y guarda tu registro (4).